Con fundamento en las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: declara PROCEDENTE LA SOLICITUD REALIZADA, y en efecto, AUTORIZA a la Entidad Financiera Banco Occidental de Descuento (BOD) para que, previa solicitud que realizare la empresa demandada, CORPORACION DE ALIMENTOS ORO BLANCO, C.A., transfiera los fondos congelados en la Cuenta Nro. 0116 0140 5800 2510 1935, a la Cuenta Nro. 0116-0460-98-0027131645, de la misma entidad bancaria (BOD) perteneciente a la Empresa de Producción Social JOSEFA CAMEJO S.A.
Publíquese, regístrese, notifíquese a la Ciudadana Gobernadora del estado Falcón, Procurador General del estado Falcón, sociedad mercantil CORPORACIÓN DE ALIMENTOS ORO BLANCO, C.A. y Banco Occidental de Descuento Sede Central.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Su.....