Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO presentada por la ciudadana: DALIA RAMONA CHIRINOS DE PACHANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-7.474.104; contra el ciudadano: MEDARDO ANTONIO PACHANO ESPEK, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-4.638.256, domiciliado en la Calle Cubarti entre Calles Sucre y Girardot, Casa S/N, de la ciudad de Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha: 29/12/1977, según acta N° 154, folio 160. SEGUNDO: Expídase por secreta.....