Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes esbozados, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Mediadas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos: DALILA DEL VALLE CLEMENTE y HECTOR ANTONIO BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.167.768 y V-5.072.513, respectivamente. SEGUNDO: en consecuencia de lo anterior se declara disuelto el vinculo matrimonial existente y en la oportunidad procesal correspondiente, se ordena librar sendos oficios a la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón y Oficina de Registro Civil del Municipio José Laurencio Silva del Estado Falcón, a objeto de estampar la nota marginal correspondiente en el acta d.....