Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado JOSE LUIS RONDON, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 09/10/1966, de 43 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-9.721.348, de estado civil Soltero, profesión u oficio soldador, hijo de Nicotina Rondon, y residenciado en Maracaibo, Avenida la Limpia, sector Ayacucho, Av. 80ª, casa 79D-09, teléfono 0261-7781981, consistente en SIETE (7) MESES Y OCHO (08) DIAS, de trabajo y estudio realizados en la Comunidad Penitenciaria de la ciudad de Coro, Estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio.....