Por los motivos expuestos por este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación formulada por el abogado Rudolfh José Kreubel Camero, en representación de REFRIGERACIÓN FERREIRA, C.A., contra la sentencia de fecha 13 de octubre de 2006, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con sede en Tucacas, mediante la cual declaró inadmisible la demanda que por cobro de bolívares, por vía intimatoria intentara REFRIGERACIÓN FERREIRA, C.A., contra HOTEL GABON, C.A., sentencia que se confirma, según los razonamientos de esta decisión.
SEGUNDO: Inadmisible la demanda de cobro de bolívares, intentada por REFRIGERACIÓN FERREIRA, C.A., contra HOTEL GABON, C.A, por vía intimatoria.