DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD EN CONTRA DEL CIUDADANO Gilbert José Silva Barrios, nacionalidad Venezolana, fecha de nacimiento 05-09-1988, titular de la cédula de identidad N°V-17.690.281, soltero, obrero, residenciado en el parcelamiento Don Bosco, avenida A, casa N°14 Creolandia Punto Fijo Estado Falcón; por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional Simple previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de Juan Edgardo Arias Ramírez. Conforme a las previsiones de los Artículos 250, 251, 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena el trámite del procedimiento ordinario; asimismo se ordena librar la respectiva boleta de privación judicial prev.....