Por los razonamientos antes expuestos y visto que están llenos los extremo exigidos por la Ley para que la Prescripción Adquisitiva en el presente caso proceda, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en Sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el representante judicial de la firma mercantil INVERSIONES 969 C.A., por Prescripción Adquisitiva. En consecuencia, se declara que la FIRMA MERCANTIL INVERSIONES 969 C.A., ha adquirido por usucapión, las parcelas de terreno que a continuación se especifican:
PARCELA N° 1: ubicada en el sector Aeropuerto...
PARCELA N° 2: ubicada en el sector Aeropuerto...
PARCELA N° 3: ubicada en el sector Aeropuerto...
PARCELA N° 4: ubicada en el Sector Virgen del Valle...
Dichas parcelas.... a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año.....