este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO del presente asunto, seguido contra de los ciudadanos. MIGUEL ÁNGEL PARTO, N, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.790.151, y JUAN JOSÉ PARDO SÁNCHEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-9.807.064, residenciados en Punto Fijo-Estado Falcón, de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 3º del Artículo 318, en concordancia con el Artículo ordinal 8° del Artículo 48 ejusdem, por la comisión del delito de POSESIÓN Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley especial de Drogas. Regístrese Publíquese y Notifíquese a las partes de la presente decisión. Así se Decide