este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta conforme a lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución Nacional, LA LIBERTAD PLENA SIN RESTRICCIONES al ciudadano RICARDO ENRIQUE RODRIGUEZ DUNO, venezolano, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.583.907, estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, residenciado en la calle Sucre, casa N° 08, Punta Cardón Municipio Carirubana del Estado Falcón, en consecuencia, se ordena librar la respectiva boleta de libertad y los oficios correspondientes. Remítase a la Fiscalía 6° en su oportunidad legal. Se acuerda la prosecución de la presente causa según las reglas del procedimiento ordinario.- Cúmplase. Se omite la notificación de las partes, por estarse publicando el presente auto en la misma fecha en la que se realizó la audie.....