Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga permiso especial de para que el penado: OSCAR RAFAEL LUGO OLIVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.204.623, nacido el 25-08-1975, soltero y residenciado en la Calle José Gregorio Hernández, casa sin número, sector Las Barracas, Barrio 5 de Julio de este Ciudad de Coro del Estado Falcón, actualmente recluido en el internado Judicial de Coro disfrutando de la Medida Alternativa de Cumplimiento de pena: "Destacamento de Trabajo", para que pernocte en su casa de habitación los días VIERNES, SABADO Y DOMINGO en la dirección antes indicada, debiendo retornar a pernotar en la sede del Internado Judicial el día Lunes a las Seis de la tarde (6:00 PM) sin falta de ninguna especie, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 2 y.....