Decisiones del dia 29/09/2009
N° Expediente :
IP21-R-2009-000025
N° Sentencia :
No.05-Sep-2009
Fecha: 29/09/2009
Procedimiento: Cobro De Pretaciones Sociales
Partes: PARTE DEMANDANTE: KEILA JOSEFINA NARANJO MOLINA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 15.806.071, DOMICILIADA EN LA CIUDAD DE PUNTO FIJO, MUNICIPIO CARIRUBANA DEL ESTADO FALCÓN.
Resumen:
Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la Abogada LIZAY SEMECO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 106.571, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandante ciudadana KEILA JOSEFINA NARANJO MOLINA, en contra del Auto de Admisión de Pruebas de fecha 30 de Abril de 2009, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual NIEGA la Prueba de Exhibición solicitada por la parte demandante.
SEGUNDO: Se ordena la remisión del expediente al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Tra.....
Juez/Ponente:
Fredis Ortuñez
Organo:
Tribunal Superior Primero del Trabajo. Sede en Coro
N° Expediente :
IP31-L-2009-000035
N° Sentencia :
RNºPJ0012009000222
Fecha: 29/09/2009
Procedimiento: Desistimiento
Partes: PARTE DEMANDANTE PRIMERA HENRIQUEZ JONNY ALBERTO.PARTE DAMANDADA: CONSORCIO DOCCA-VEMOCA. TERCERO INTERVINIENTE: EMPRESA PDVSA PETROLEO SA;
Resumen:
En virtud de lo cual este Tribunal conforme lo dispuesto en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo establecido en su Parágrafo Primero, declara en este mismo acto, EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO POR PARTE DE LA PARTE ACTORA, y por lo tanto, TERMINADO EL PRESENTE PROCESO, a lo cual la parte demandante podrá apelar dentro del lapso de Cinco (05) días hábiles a partir de la publicación. En razón de lo declarado, el demandante no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos Noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de la publicación de la presente decisión. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo; EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: EL DESISTIMIENTO D.....
Juez/Ponente:
Yeeyne Maritza Contreras Morales
Organo:
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Trabajo