III
DESICIÓN
En merito de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el abogado JESUS ALBERTO GONZALEZ LEEN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 176.811, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sucesión ANA MATOS DE DORANTE, contra la SINDICATURA DEL MUNICIPIO MIRANDA DEL ESTADO FALCÓN. Así se decide.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese, déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los treinta (30) días del mes de septiembre del año 2019. Años: 208º de la Independencia y 160º de la Federación.
LA JUEZA SUPERIOR .....