En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano VLADIMIR GREGORIO LÓPEZ ALCALÁ, contra la decisión de fecha 23 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante diligencia de fecha 27 de julio de 2015.
SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano VLADIMIR GREGORIO LÓPEZ ALCALÁ, contra los ciudadanos ELISEO SANTIAGO PÉREZ y CARMEN PÉREZ PIÑERO.
TERCERO: No se imponen costas procesales, dada la naturaleza de la acción.