En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por los Abogados LEOBARDO SUBERO RODRIGUEZ y SIERRALATA RAMIRO, asistiendo a PROENERGY SERVICES DE VENEZUELA, C.A., contra el auto de fecha 7 de octubre de 2011, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, con sede en Punto Fijo, mediante el cual negó la apelación interpuesta por el recurrente, contra la decisión de fecha 28 de septiembre de 2011.
SEGUNDO: Se ORDENA al Tribunal a quo, OÍR en AMBOS EFECTOS la apelación interpuesta por el recurrente en fecha 6 de octubre de 2011 contra la decisión interlocutoria de fecha 28 de septiembre de 2011.
Regístr.....