considera este Tribunal que con la formula antes transcrita se evidencia que el demandado de autos, de una forma inteligible expresó su disconformidad, o lo que es lo mismo, se opuso a la partición que se pretende en el presente juicio, operando por tanto, de pleno derecho la continuación del presente procedimiento por la vía ordinaria. Visto, lo anterior, a juicio de esta juzgadora, declara, que en el presente caso hubo oposición a la partición de bienes. ASÍ SE DECIDE.-------------------------------------------------------------------------------------------