éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio El Vigía, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Sala de Juicio El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y con fundamento en las disposiciones legales, doctrinales y jurisprudenciales antes expuestas, y de conformidad con lo establecido en los artículos 177, Parágrafo Segundo, 452 y 455 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Y del Adolescente; artículo 77 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículo 767 del Código Civil Venezolano, 760 y 768 ejusdem. Artículo 777 y 779 del Código de Procedimiento Civil. DECLARA CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA entre los ciudadanos JOSE PONCIANO LEAL DAVILA y MARÍA SERGIA NAVAS PÉREZ, en el período que se extiende desde el año 1997, hasta el año 2007, fecha del fallecimiento de la ciudadana MARÍA SERGIA NAVAS PÉREZ. Ambas fecha.....