se acuerda la Retención de la Nómina de pago del ciudadano OMAR ENRIQUE VILLASMIL MÁRQUEZ, la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES, mensuales, correspondiente al monto mensual de la Obligación de Manutención de la niña OMITIR NOMBRE, de ocho años de edad, con un aumento proporcional del 20% anual, dichas cantidades deberán ser depositadas en la cuenta de ahorros de la Entidad Bancaria SOFITASA, No. 0137-00-21-48-0001407342, a nombre de la ciudadana MAYELIS XIOMARA TORRES MORA, a partir de la presente fecha, ordénese abrir cuaderno separado y certifíquese por secretaria las copias. Ofíciese al Departamento de Recursos Humanos de la Comandancia General de la Policía del Estado Mérida, a los fines de que realice el descuento directo por nómina de los montos indicados como obligación de manutención.-------------------------------------------------------------