este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de PRIVACIÓN DE GUARDA incoada por el ciudadano WILMER ABREU, en contra de la ciudadana JACQUELINE ROCÍO MÉNDEZ LOBO, antes identificados, en beneficio los Adolescentes: OMITIR NOMBRES, y la niña OMITIR NOMBRE, de diecisiete (17), quince (15), trece (13) y diez (10) años de edad en su orden.