este Tribunal conforme a lo solicitado acuerda: Primero: Oficiar al Jefe de Recursos Humanos de la Región Los Andes de la empresa Coca Cola FEMSA, S. A. de C. V. ubicada en vía Los Llanos, Parque Industrial La Concordia, San Cristóbal Estadio Táchira, a los fines de que se le descuente de la nómina de pago del ciudadano CARLOS ENRIQUE MUÑOZ CONTRERAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.356.679, domiciliado en la Zona Industrial. Galpón 01, Edificio Coca-Cola, el Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, la cantidad de TRES MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 3.400,00), correspondiente a la deuda de la obligación de manutención y bonos especiales de los niños OMITIR NOMBRES, de diez (10) y nueve (09) años de edad en su orden, desglosados en la siguiente forma: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN: 1.- Los meses de junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2008 a razón de TRESCIENTOS BOLÍVARES FUERTES (Bs. .....