este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA SALA DE JUICIO EL VIGÍA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA, dicho convenimiento suscrito entre los ciudadanos primeramente mencionados, le imparte carácter de cosa juzgada, ordene el cierre del expediente. Asimismo este Tribunal ordena oficiar a la Dirección de Vigilancia Sección de Personal El Llanito Caracas Distrito Capital, a los fines de que realice el descuento directamente de nómina al ciudadano WILLIAM ALBERTO PARADA RAMÍREZ, plenamente identificado, a partir del mes de junio de 2008, en la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs.F 144.00) mensuales; así como también dos (02) bonos especiales; uno en el mes de Agosto de cada año por la cantidad de CIENTO CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES FUERTES (Bs.F 144.00) y el otro en el mes de diciembre de cada año por la cantidad de DOSCIENTOS OCHO B.....