Por las razones que anteceden, este JUZGADO SUPERIOR TEMPORAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante, en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, incoara contra la sociedad mercantil PDVSA PETROLEO S. A. SEGUNDO: Se declara definitivamente firme la sentencia de fecha veintitrés (23) de marzo de Dos Mil Doce (2012), dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo. TERCERO: Se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal a quo, a los fines de que remita el expediente al archivo sede de este Circuito Judicial Laboral, para que repose como causa inactiva. CUARTO: No hay condenatoria en.....