Con fundamento en los hechos analizados, las normas legales aplicadas, la doctrina jurisprudencial utilizada y los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano FRANK EDWIN GARCÍA FERNÁNDEZ, identificado con la cédula de identidad No. V-15.917.325, debidamente asistido por el abogado Jhonny Jordan Navas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 115.554, en contra de la Sentencia Definitiva de fecha 25 de octubre de 2011, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
SEGUNDO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS por la naturaleza de la acción intentada.