Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO del Recurso de Nulidad interpuesto por el abogado JOSÉ DELGADO PELAYO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 60.212 actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano ELVER LUÍS CALDERON MURGAS, en contra del Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa No. PA US-FAL-009-2014, de fecha 9 de abril de 2014, dictada por la GERENCIA ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES FALCÓN (GERESAT-FALCÓN).
SEGUNDO: Se DECLARA FIRME el Acto Administrativo recurrido, No. PA US-FAL-009-2014, dictad.....