En consecuencia por los motivos de hecho y de derecho expuestos este Tribunal Superior Primero del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de REGULACION DE COMPETENCIA planteado por el Abogado NUMA MIRANDA HIDALGO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.748, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadana MARIA LAURA LOPEZ.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la Sentencia dictada en fecha 30 de Enero de 2008, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente causa, DECLINANDO LA COMPETENCIA al Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito.....