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Decisiones del dia 13/08/2015

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Superior Primero del Trabajo. Sede en Coro
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : IP21-R-2015-000021 N° Sentencia : PJ0032015000098 Fecha: 13/08/2015
Procedimiento:
Apelación
Partes:
MIRLA JOSEFINA MAVO DÍAZ VS. SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA URPECA, C. A.
Resumen:
Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada recurrente contra la decisión de fecha 15 de enero de 2015, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, tiene incoado la ciudadana MIRLA JOSEFINA MAVO DÍAZ, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA URPECA, C. A. SEGUNDO: Se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión recurrida. TERCERO: Se ordena la REMISIÓN del presente asunto al Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los fines de que remita e.....
Juez/Ponente:
Juan Pablo Albornoz Rossa
Organo:
Tribunal Superior Primero del Trabajo. Sede en Coro
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N° Expediente : IP21-R-2014-000097 N° Sentencia : PJ0032015000099 Fecha: 13/08/2015
Procedimiento:
Apelación
Partes:
JOSÉ GUILLERMO FARÍA NAVA VS. SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORES ELÉCTRICOS E INDUSTRIALES, C. A. (CEICA)
Resumen:
En tal sentido, conforme a la norma transcrita, siendo evidente la falta de lealtad y probidad en el proceso por parte del abogado Rubén Villavicencio, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, al negarse a recibir la boleta de notificación de marras, sin dar algún fundamento de derecho para no recibirla, este Juzgado Superior del Trabajo se ve obligado y constreñido por la fuerza de los hechos a imponer la sanción que dispone la norma transcrita, en aras de evitar la reiteración de esa reprochable actitud, adicionalmente contraria a la ética profesional del abogado. Por lo que en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se IMPONE al abogado RUBÉN VILLAVICENCIO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con el No. 14.618, la sanción pecuniaria que dispone el parágrafo segundo del artículo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en su límite mínimo, atendiendo a la gravedad de la falta, ya que a pesar de tratarse de una actitud artera .....
Juez/Ponente:
Juan Pablo Albornoz Rossa
Organo:
Tribunal Superior Primero del Trabajo. Sede en Coro
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