Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada recurrente contra la decisión de fecha 12 de febrero de 2015, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en el Juicio que por Indemnización por Daños y Perjuicios (Paro Forzoso), tiene incoado el ciudadano GREGORIO JOSÉ AGUILLÓN PRIMERA, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA DE DISEÑOS Y OBRAS CIVILES, C. A. (DOCCA).
SEGUNDO: Se declara DEFINITIVAMENTE FIRME la decisión recurrida.
TERCERO: Se ordena la REMISIÓN del presente asunto a la Coordinación Judicial del Circuito Judicial Laboral del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, a los fines de que efectúe la respectiva distribución entre los T.....