Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA, la Transacción interpuesta por una parte la Sociedad Mercantil SERVICIOS DE SEGURIDAD, S.A., parte demandada, representada por su Apoderado Judicial Abogado FRANCISCO RAFAEL LIMONCHY MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.211; y por la otra el ciudadano SAUL AÑEZ HERNANDEZ, parte demandante, debidamente asistido por su Apoderada Judicial Abogada LIZAY SEMECO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 106.571, Transacción ésta que tiene como monto total la cantidad de CINCO MI BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 5.000,00).
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior se declara TERMINADO el procedimiento.
TERCERO: Como consecuencia de lo anterior se deja sin efecto el Recurso de Control de la Legalidad interpuesto por ambas partes e.....