Con fundamento en los hechos analizados y las normas aplicables, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la abogada Marilia Moreno Jiménez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 56.365, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra la Providencia Administrativa No. US-FAL-042-2014, de fecha 04 de agosto de 2014, dictada por la Gerencia Estadal de Salud de los Trabajadores Falcón, adscrita al Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL).
SEGUNDO: Se ORDENA la remisión del presente asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial del Trabajo, para que repose como causa inactiva.