Con fundamento en los hechos analizados, las disposiciones legales aplicables al caso concreto, la doctrina jurisprudencial procedente y utilizada, así como todos y cada uno de los motivos y razonamientos que preceden, este Juzgado Superior del Trabajo del Estado Falcón, procediendo como Tribunal de Primera Instancia en materia Contencioso Administrativa Laboral, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad intentado por la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN PARQUE YAIMA, C. A., a través de su apoderado judicial, abogado Leonardo Pimentel, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 59.037, en contra de la Providencia Administrativa No. PA-US-FAL-017-2011, de fecha 25 de febrero de 2011, dictada por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO FALCÓN (DIRESAT-FALCÓN).
SEGUNDO: Se ANULA PARCIALMENTE la Provid.....