Con fundamento en los hechos analizados, los elementos probatorios que obran en las actas, las normas aplicables al caso concreto y todos los razonamientos y motivos que preceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada y única recurrente contra la decisión de fecha 04 de marzo de 2015, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio que por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales por Despido no Justificado y Conceptos Laborales, tiene incoado el ciudadano JORGE RAMÓN MORILLO CASTELLANOS, contra la Sociedad Mercantil WARE HOUSE ALMACENADORA Y MAQUINARIA, C. A. Y así se declara.
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