Con fundamento en los hechos analizados, las disposiciones legales aplicables al caso concreto, la contundencia de la prueba que obra en actas y el orientador criterio jurisprudencial de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACION interpuesta por la parte demandada a través del ciudadano Gregorio Francisco Morales Contreras, identificado con la cédula de identidad No. V-9.330.809, en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil LA CASA DE LA HORTALIZA, C. A., asistido por el abogado Kerrins José Mavárez Medina, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 133.501, contra la sentencia de fecha 26 de enero de 2012, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Medi.....