Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con fundamento en los hechos analizados, las normas delatadas, la doctrina utilizada y los motivos y razonamientos expuestos, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto por la abogada Beatriz de Benítez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 30.898, actuando como apoderado judicial de la parte demandante ciudadano MIGUEL ÁNGEL PEREIRA ALFONZO, en contra del auto de fecha 18 de febrero de 2015, emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la Ciudad de Punto Fijo.
SEGUNDO: Se ORDENA LA REMISIÓN del presente asunto al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y d.....