esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Tercera Penal, representada por la Abogada IRENE TREMONT, a favor del ciudadano DANIEL ALEJANDRO CÓRDOVA PAREDES, antes identificado, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control Estadal y Municipal de este Circuito Judicial Penal, en la causa signada con el número IP01-P-2013-001123, que decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad en su contra, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, tipificado en el artículo 458 del Código Penal vigente y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el artículo 277 eiusdem. Notifíquese a las partes intervinientes.