esta Corte de Apelaciones, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de amparo constitucional por incomparecencia a la audiencia oral constitucional fijada por esta Sala, a tenor de lo establecido en doctrina vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, N° 7 de fecha 01/02/2000, en el caso José Amando Mejías Betancourt, amparo que fuere incoado por el Abogado ALEXANDER JOSÉ MONTILLA MACÍAS, antes identificado, en su condición de Defensor Privado del ciudadano DAVID JOSÉ FERNÁNDEZ DAVALILLO, identificado anteriormente, contra presunta omisión de pronunciamiento del Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón de la Sede Judicial de Punto Fijo estado Falcón, con ocasión a pedimentos y solicitudes efectuadas por la Defensa en audiencia preliminar celebrada en el asunto IP11-P-2012-000674. Ofíciese al Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de l.....