Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que es competente para conocer de la presente acción de amparo constitucional incoada por la Abogada Solangel Castillo de Villavicencio, en su carácter de Defensora Pública Séptima Penal del Estado Falcón, con sede en esta ciudad, en representación del Acusado GUILLERMO HIDALGO CAMBERO, por lo que SE ADMITE LA ACCIÓN DE AMPARO propuesta contra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Penal, para cuya fundamentación denunció, la violación de sus derechos a la defensa y al de acceder a la justicia, que acoge los artículos 49.1 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la Juez Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal d.....