Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
ADMISIBLE el Recurso de Apelación incoado por el ABG. WILMER ANTONIO BRACHO PEREZ, en su condición de Defensor Privado, en representación de la ciudadana MARGARITA TAVERAS DE CARREYO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.942.216, residenciada en la Urbanización La Hacienda de Caricuao UD6, Bloque 3, escalera 2, piso 14, apartamento 14-07 en el Municipio Libertador en Caracas Distrito Capital, en contra de la decisión publicada en fecha 14 de abril de 2005, por el Tribunal Tercero de Juicio, del Circuito Judicial Penal, el cual declaró CULPABLE por la comisión de delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y.....