esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN presentada por el abogado JUAN CARLOS PALENCIA, en su carácter de Juez del Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal Falcón en la causa Nº IP01-P-2010-005607 seguida contra los ciudadanos RENE ANTONIO DAAL EGURROLA y JORGE JOSÉ SUAREZ CHIRINO, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor y Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 del Código Penal.