Esta Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte defensora contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Segundo de Juicio en contra del acusado RANDY ANTONIO SOTO PIÑA, Venezolano, mayor de edad, no porta cédula de identidad, domiciliado en la calle principal del Barrio Federico Eckouth, casa N° 14-A, Tucacas, Estado Falcón por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, tipificado en el artículo 408 ordinal 1° del Código Penal en concordancia con el artículo 83 eiusdem y a las demás penas accesorias previstas en el artículo 13 del referido instrumento sustantivo penal.
Se fija la audiencia oral del artículo 456 del Código Orgánico Procesal Penal, para que las partes debatan oralmente sobre los fundamentos del recurso, el día LUNES 04 DE JULIO DE 2005, A LAS 10:30 AM
Notifíquese .....