esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN incoado por el Abogado ELÍEZER JOSÉ NAVARRO COLINA, en su carácter de Defensor Privado, contra la SENTENCIA CONDENATORIA dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, que DECLARÓ RESPONSABLE PENALMENTE al ciudadano ELVIS ALEKSANDER WEFFER LEÓN, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en grado de COOPERADOR NO NECESARIO, tipificado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en su segundo aparte, en concordancia con el artículo 84.3 del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 444.2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: A tenor de lo establecido en el artículo 449 eiusdem.....