En tanto y por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara:
ADMITE la presente Inhibición presentada por la Juez ABG. NARQUIS CHIRINOS RODRIGUEZ, en su condición de Juez Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en Asunto Penal signado con el número IP01-S-2005-000104, seguido contra los imputados EUFRASIO LANOY, RUDY MARGARITA LANOY Y YANIRKA LANOY, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, todo ello de conformidad con lo pautado en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Se declara abierta la incidencia probatoria y por ende se ordena practicar las pruebas presentadas dentro de los 3 días siguientes de que conste en autos la notificación librada al Juez Inhibido, .....