esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley, Declara: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado MIGUEL JOSÉ DELGADO ROMERO, Defensor Público Quinto Penal, actuando en este acto como Defensor de los ciudadanos ROGER ALEXANDER GARCÍA, FRANKLIN VERA y RAFAEL ALEJANDRO NUÑEZ, antes identificados, en contra de la decisión dictada en fecha 31/10/2.012 por el referido Tribunal, presidido por el Abogado JOSÉ ANGEL MORALES, en el Asunto Penal signado con el Nº IP01-P-2010-004971, que resolvió negar el decaimiento de la medida de privación judicial preventiva de libertad, seguido en contra de los precitados ciudadanos, por la presunta comisión del delito de SECUESTRO BREVE, ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, VIOLENCIA SEXUAL.