Por cuanto en fecha 27 de junio de 2005 se constituyeron los Jueces integrantes de esta Corte de Apelaciones en la Sala N° 6 de este Circuito Judicial Penal a fin de llevar a cabo audiencia de imposición de sentencia al procesado CARLOS ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.856.651, domiciliado en la calle N° 5, casa N° 2, Urbanización Bicentenaria Peña del Estado Yaracuy, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, la cual no se llevó a efecto por incomparecencia del Defensor Privado, Abg. HERMES ARÉVALO SERRANO y vista la solicitud efectuada por el mencionado procesado, en el sentido de ser trasladado a la Clínica La Guadalupe de esta ciudad, por presentar síntomas de Mastoiditis, lo cual es una infección que ataca a nivel del oído medio, se ordena su traslado a la mencionada Clínica a fin de que reciba tratamiento médico, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Constitución de la República Bolivariana de .....