Por todos los razonamientos esgrimidos, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA:
PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado JULIO TOVA BOSO, en su condición de Defensor Privado del ciudadano NERVIS ENRIQUE ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.292.668, contra la sentencia condenatoria dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal por la comisión del delito de DELITO DE VIOLACION previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal. en perjuicio de la ciudadana CARMEN ORTIZ CHIRINOS, con base en lo establecido en el artículo 452 del texto adjetivo penal, numeral 2° y, en consecuencia, a tenor de lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal se DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA SENTENCIA mencionada, reponiéndose la causa al estado de celebraci.....