Este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara responsable penalmente al adolescente CESAR ENMANUEL CHIRINOS ACOSTA, antes identificado, por la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, por haber admitidos los hechos, y se le SANCIONA a cumplir UN (1) AÑO DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con los artículos 620 literal "b" de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, concatenado con el artículo 624 ejusdem, la cual será determinada por el Tribunal de Ejecución, a quién se ordena remitir el presente asunto, en la oportunidad que corresponda. Notifíquese a las partes.