Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud presentada por el abogado Ermilo José Rosales Adarmes, en su carácter de Fiscal Undécimo Provisorio del Ministerio Público del Estado Falcón, quien solicitó para el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA ART. 65 LOPNNA), ya identificado, la imposición de la medida cautelar señalada en el literal "c" del artículo 582 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y SIN LUGAR, la solicitud de la defensa pública, quien solicitara para su defendido la libertad plena, y en consecuencia deberá presentarse cada treinta (30) días por ante la Oficina del Alguacilazgo de este Circuito Judicial, por cuanto se constata fundadamente la comisión d.....