Por todos los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal Primero de Control Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: Se admite la acusación formulada por el Ministerio Público contra el adolescente: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , dicha acusación fue presentada por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, delito tipificado en el artículo 458 del Código Penal perjuicio de los ciudadanos: Milxi Sosa, Zorelis Cordero, Lila Adames, Marisela Medina, Roberth Bracho, Rebeca Tirado, Alexis Pulido. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público en su acusación y por la Defensa en su oportunidad procesal por ser licitas, legales y pertinentes, todas identificadas ut supra. TERCERO: Se impuso al adolescente del procedimiento por admisión de hechos conforme al artículo 583 de .....