Por todos los argumentos antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente del Estado Falcón, con sede en Coro, impartiendo justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Primero: CON LUGAR la solicitud fiscal, a la cual se adhiere la defensa pública y en consecuencia se le impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad conforme
al artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente consistente en la Presentación Periódica cada Treinta (30) días, por ante este Circuito Judicial Penal, Extensión Tucacas, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificado en el articulo 112 de la Ley Para El Desarme y Control de Armas y Municiones, precalificación que acoge el Tribunal. Segundo: Se decreta la flagrancia y se ordena proseguir la causa p.....