Este Tribunal 1° de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, sede Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de la Abogada MARIA GABRIELA LEAÑEZ GUZMAN, Fiscal Undécima Auxiliar del Ministerio Público del Estado Falcón, y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA, sin restricciones, del adolescente DAVID JOSE CASTILLO CASTILLO, antes identificado, ya que de los elementos de investigación consignados, no se evidencia la existencia de los supuestos previstos en el artículo 218 del Código Penal Vigente, que hagan presumir la comisión de un hecho punible, ni que el adolescente investigado, haya participado en su perpetración. Prosígase la presente causa por el procedimiento ordinario. Ofíciese a la Lic. Zully Fernández, trabajadora social adscrita al Equipo Multidisciplinario de LOPNNA, a los fines de que realice el informe Psico-Social, al grupo.....