Por todos los razonamientos y considerando las motivaciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal del Adolescente Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta Desestimación de la denuncia interpuesta por la ciudadana Maritza Josefina Medina en el asunto IP01-P-2007-000142, seguido al Adolescente, Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna de conformidad con lo establecido en el artículo 301 ultimo aparte,400 del Código Orgánico Procesal Penal y 537 Aplicado por remisión expresa de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en consecuencia Notifíquese a los denunciantes, al Fiscal del Ministerio Público. Y defensa.