este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal Adolescente Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda CON LUGAR LA SOLICITUD DEL FISCAL relación a La Medida de Detención Preventiva de Libertad para asegurar su comparecencia a la audiencia Preliminar al Adolescente Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la lopna, de acuerdo con lo dispuesto con el articulo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en consecuencia, ofíciese al archivo judicial sección adolescente, a fin de darle entrada en los libros a la presente causa, Libérese los Respectivos Oficios Participando al Psiquiatra y Psicólogo que el Adolescente se encuentra en la casa de Formación integral Para Varones remítanse el presente asunto, al Ministerio Público para proseguir con la investigación.
Abg. Enialina Ruiz Ortiz
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